Debe confirmarse la sentencia que decretó el divorcio de los cónyuges por la causal objetiva, pues la recurrente, si bien invoca la culpa de su consorte, en sus agravios no ha cumplido con la carga de señalar cuáles de los argumentos esgrimidos o de las valoraciones efectuadas por la a quo que ubica como causa de la separación a los desencuentros y desavenencias de la pareja desde siempre, siendo esto lo que habría causado el deterioro matrimonial irreversible, son errados y porqué motivo.
Sumario SAIJ
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